Asignación por hijo a cargo con discapacidad 2026
La asignación económica por hijo a cargo es una prestación de la Seguridad Social que actualmente se mantiene solo para hijos con discapacidad ≥ 33% (la modalidad ordinaria fue absorbida por el IMV con su Complemento de Ayuda a la Infancia desde 2020). La gestiona el INSS y se cobra mensualmente. Su cuantía depende del grado de discapacidad y la edad del hijo.
Cuantía
Hijo menor de 18 con discapacidad ≥ 33%: 1.
Organismo
Seguridad Social
Tipo
Permanente
Cuantía y duración
Hijo menor de 18 con discapacidad ≥ 33%: 1.000 €/año. Hijo mayor de 18 con discapacidad ≥ 65%: 5.012 €/año. Hijo mayor de 18 con discapacidad ≥ 75% que necesita ayuda de tercera persona: 7.519 €/año. Pago en 12 mensualidades.
Requisitos para acceder
Tener un hijo a cargo con discapacidad reconocida ≥ 33% (cualquier edad) o ≥ 65% (mayor de 18)
Que el hijo no esté trabajando con ingresos superiores al 100% del SMI
Tener residencia legal en España
Para la modalidad sin discapacidad (extinta para nuevas solicitudes): la sustituye el Complemento por Ayuda a la Infancia (CAPI) del IMV
Cómo solicitarlo paso a paso
- 1
Solicita en el INSS
Online en sede.seg-social.gob.es con cl@ve o certificado, por correo postal o en oficina con cita previa.
- 2
Aporta el certificado de discapacidad
Si todavía no tienes el dictamen del IMSERSO o del centro base de la CCAA, hay que iniciar también ese trámite. La asignación no se puede conceder sin él.
- 3
Renueva anualmente
Cada año hay que comprobar que se siguen cumpliendo los requisitos: la discapacidad y los ingresos.
Documentación habitual
- DNI o NIE
- Libro de familia
- Certificado del grado de discapacidad del hijo
- Justificantes de ingresos del hogar
Lista orientativa. Cada organismo gestor puede requerir documentación adicional según el caso.
Compatibilidades
Compatible con
Marco legal y fuentes oficiales
Esta prestación está regulada por las siguientes normas y se gestiona por estos organismos oficiales:
Preguntas frecuentes
¿Por qué desapareció la asignación por hijo a cargo "ordinaria"?
En 2020, con la creación del Ingreso Mínimo Vital, la asignación por hijo a cargo sin discapacidad para nuevos solicitantes quedó derogada. Su función ahora la cumple el Complemento de Ayuda a la Infancia (CAPI) del IMV. Quien ya la cobraba antes mantuvo el derecho. Para hijos con discapacidad sigue activa.
¿Cuánto se cobra por un hijo con discapacidad ≥ 33%?
Si el hijo es menor de 18 años: 1.000 €/año (≈ 83 €/mes). Si es mayor de 18 con discapacidad ≥ 65%: 5.012 €/año (≈ 418 €/mes). Si necesita ayuda de tercera persona: 7.519 €/año (≈ 627 €/mes). Las cuantías se actualizan anualmente.
¿Es compatible con el IMV?
Sí, son compatibles. La asignación por hijo a cargo con discapacidad y el IMV se pueden cobrar a la vez. Ambas tienen objetivos distintos: el IMV cubre el mínimo vital del hogar, la asignación cubre el sobrecoste por discapacidad.
¿Hasta qué edad se cobra por un hijo con discapacidad?
No tiene límite de edad. Mientras el hijo mantenga la condición de "a cargo" (no trabaje con ingresos superiores al SMI ni se constituya como hogar independiente) y mantenga el grado de discapacidad reconocido, se sigue cobrando.
¿Es compatible con la pensión por incapacidad del propio hijo?
No. Si el hijo cobra una pensión propia (por ejemplo, pensión no contributiva por invalidez, gran invalidez, etc.), normalmente es incompatible con la asignación por hijo a cargo. Hay que elegir la cuantía más alta. Conviene calcular las dos.
Otras prestaciones relacionadas
IMV
Prestación no contributiva que garantiza un ingreso mínimo a hogares en situación de vulnerabilidad económica.
PIA Dependencia
Tras reconocimiento del grado de dependencia (I, II o III), la CCAA aprueba un PIA con prestaciones: ayuda a domicilio, teleasistencia, centro de día, residencia o prestación económica al cuidador familiar.
Permiso parental
Permiso laboral para cuidado de hijos menores de 8 años.
Pensión orfandad
Prestación para huérfanos menores de 21 años (o 25 si estudian) cuando fallecen ambos progenitores o uno con cotización suficiente.
Familia Numerosa
Reconocimiento oficial que da acceso a descuentos en transporte, ocio, deducción IRPF (1.
Pensión viudedad
Pensión para cónyuge superviviente cuando el causante había cotizado lo suficiente o estaba en alta.
Importante: Esta página recopila información pública para orientar al ciudadano. Las cuantías y requisitos pueden cambiar tras publicaciones en BOE o resoluciones posteriores. Antes de tramitar, verifica la información en la web oficial del organismo gestor. Última revisión editorial: .
CashStalker no tramita prestaciones ni representa al ciudadano ante la Administración. La solicitud efectiva debe hacerse en Seguridad Social · www.seg-social.es.