Ley 9/2017 (LCSP) · Libro primero · Título II · Capítulo II · Sección 2 · Subsección 3
Artículo 91 de la Ley 9/2017 (LCSP)
Solvencia técnica o profesional en los restantes contratos
Texto consolidado (última actualización en el BOE: 9 de noviembre de 2017)
Texto del art. 91
La acreditación de la solvencia profesional o técnica en contratos distintos de los de obras, servicios o suministro podrá realizarse por los documentos y medios que se indican en el artículo anterior.
Publicidad
Test del Libro primeroTodas las preguntas de este título de la Ley 9/2017 (LCSP)Otros artículos de Libro primero · Título II · Capítulo II · Sección 2 · Subsección 3
art. 86 · Medios de acreditar la solvenciaart. 87 · Acreditación de la solvencia económica y financieraart. 88 · Solvencia técnica en los contratos de obrasart. 89 · Solvencia técnica en los contratos de suministroart. 90 · Solvencia técnica o profesional en los contratos de serviciosart. 92 · Concreción de los requisitos y criterios de solvenciaart. 93 · Acreditación del cumplimiento de las normas de garantía de la calidadart. 94 · Acreditación del cumplimiento de las normas de gestión medioambientalart. 95 · Documentación e información complementaria
Texto reproducido del BOE (las disposiciones normativas no están sujetas a derechos de autor, art. 13 LPI). Las preguntas se redactan a partir del artículo y se verifican con una segunda revisión; ante cualquier duda, prevalece el texto oficial.