Constitución · Título V
Artículo 115 de la Constitución
Texto consolidado (última actualización en el BOE: 29 de diciembre de 1978) · 1 pregunta de test
Lo que preguntan del art. 115
- ¿Quién asume la responsabilidad exclusiva de la propuesta de disolución de las Cortes Generales? → El Presidente del Gobierno, tras la deliberación del Consejo
Texto del art. 115
1. El Presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, y bajo su exclusiva responsabilidad, podrá proponer la disolución del Congreso, del Senado o de las Cortes Generales, que será decretada por el Rey. El decreto de disolución fijará la fecha de las elecciones.
2. La propuesta de disolución no podrá presentarse cuando esté en trámite una moción de censura.
3. No procederá nueva disolución antes de que transcurra un año desde la anterior, salvo lo dispuesto en el artículo 99, apartado 5.
Test del art. 115 de la Constitución
Piensa tu respuesta y despliégala para comprobarla.
1.¿Quién asume la responsabilidad exclusiva de la propuesta de disolución de las Cortes Generales?
- a) El Presidente del Gobierno, tras la deliberación del Consejo
- b) El Consejo de Ministros, por acuerdo unánime de sus miembros
- c) El Rey, una vez que ha sido informado por el Presidente
- d) El Presidente del Congreso, previa consulta con la Mesa
Ver respuesta
Respuesta: a) El Presidente del Gobierno, tras la deliberación del Consejo
Según el artículo 115.1 de la Constitución, el Presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, y bajo su exclusiva responsabilidad, podrá proponer la disolución.
Otros artículos de Título V
Texto reproducido del BOE (las disposiciones normativas no están sujetas a derechos de autor, art. 13 LPI). Las preguntas se redactan a partir del artículo y se verifican con una segunda revisión; ante cualquier duda, prevalece el texto oficial.