Ley 9/2017 (LCSP) · Libro segundo · Título II · Capítulo II · Sección 4 · Subsección 2
Artículo 262 de la Ley 9/2017 (LCSP)
Modificación de las obras
Texto consolidado (última actualización en el BOE: 9 de noviembre de 2017)
Texto del art. 262
1. El órgano de contratación podrá acordar, cuando el interés público lo exija y si concurren las circunstancias previstas en esta Ley, la modificación de las obras, así como su ampliación, procediéndose, en su caso, a la revisión del plan económico-financiero al objeto de acomodarlo a las nuevas circunstancias.
2. Toda modificación que afecte el equilibrio económico de la concesión se regirá por las normas generales de modificación y por lo dispuesto en el artículo 270 de la presente Ley.
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Texto reproducido del BOE (las disposiciones normativas no están sujetas a derechos de autor, art. 13 LPI). Las preguntas se redactan a partir del artículo y se verifican con una segunda revisión; ante cualquier duda, prevalece el texto oficial.