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    Ley 19/2013 (Transparencia) · Título I · Capítulo I

    Artículo 4 de la Ley 19/2013 (Transparencia)

    Obligación de suministrar información

    Texto consolidado (última actualización en el BOE: 10 de diciembre de 2013) · 2 preguntas de test

    Lo que preguntan del art. 4

    • ¿Bajo qué condición deben las personas físicas y jurídicas suministrar información a la Administración, según el artículo 4 de la Ley 19/2013? → Previo requerimiento de la Administración, organismo o entidad a la que estén vinculadas
    • Según el artículo 4 de la Ley 19/2013, la obligación de suministrar información recae en personas físicas y jurídicas que: → Presten servicios públicos o ejerzan potestades administrativas, distintas de las referidas en los artículos anteriores

    Texto del art. 4

    Las personas físicas y jurídicas distintas de las referidas en los artículos anteriores que presten servicios públicos o ejerzan potestades administrativas estarán obligadas a suministrar a la Administración, organismo o entidad de las previstas en el artículo 2.1 a la que se encuentren vinculadas, previo requerimiento, toda la información necesaria para el cumplimiento por aquéllos de las obligaciones previstas en este título. Esta obligación se extenderá a los adjudicatarios de contratos del sector público en los términos previstos en el respectivo contrato.

    Ver en el BOE
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    Test del art. 4 de la Ley 19/2013 (Transparencia)

    Piensa tu respuesta y despliégala para comprobarla.

    1.¿Bajo qué condición deben las personas físicas y jurídicas suministrar información a la Administración, según el artículo 4 de la Ley 19/2013?

    1. a) De forma automática, una vez se encuentren vinculadas a la Administración
    2. b) Solo si la información solicitada es de carácter público y no confidencial
    3. c) Cuando la información sea necesaria para el cumplimiento de sus propias obligaciones
    4. d) Previo requerimiento de la Administración, organismo o entidad a la que estén vinculadas
    Ver respuesta

    Respuesta: d) Previo requerimiento de la Administración, organismo o entidad a la que estén vinculadas

    El artículo 4 de la Ley 19/2013 establece que la información debe suministrarse 'previo requerimiento' a la Administración, organismo o entidad a la que se encuentren vinculadas.

    2.Según el artículo 4 de la Ley 19/2013, la obligación de suministrar información recae en personas físicas y jurídicas que:

    1. a) Presten servicios públicos o ejerzan potestades administrativas, distintas de las referidas en los artículos anteriores, sin requerimiento previo
    2. b) Sean las referidas en los artículos anteriores de la ley, siempre que ejerzan potestades administrativas y reciban un requerimiento
    3. c) Presten servicios públicos o ejerzan potestades administrativas, distintas de las referidas en los artículos anteriores
    4. d) Sean adjudicatarias de contratos del sector público, obligadas a suministrar información sin requerimiento previo y sin límites contractuales
    Ver respuesta

    Respuesta: c) Presten servicios públicos o ejerzan potestades administrativas, distintas de las referidas en los artículos anteriores

    Según el artículo 4 de la Ley 19/2013, la obligación recae en las personas físicas y jurídicas 'distintas de las referidas en los artículos anteriores que presten servicios públicos o ejerzan potestades administrativas'.

    Test del Título I: Transparencia de la actividad públicaTodas las preguntas de este título de la Ley 19/2013 (Transparencia)

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    Texto reproducido del BOE (las disposiciones normativas no están sujetas a derechos de autor, art. 13 LPI). Las preguntas se redactan a partir del artículo y se verifican con una segunda revisión; ante cualquier duda, prevalece el texto oficial.