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    Construcción

    Realización de Obras de adecuación y mejora mediana Urbanización Los Arroyos en el término municipal de El Escorial

    Resumen de la adjudicación

    Junta de Gobierno del Ayuntamiento de la Leal Villa de El Escorial (organismo local) convocó el contrato de obras (obras de construcción en general) «Realización de Obras de adecuación y mejora mediana Urbanización Los Arroyos en el término municipal de El Escorial» en ESCORIAL (EL), Madrid. El plazo de presentación de ofertas finalizó el 22 de septiembre de 2026; la última actualización del anuncio en la Plataforma de Contratación del Sector Público es del 16 de octubre de 2026. El presupuesto base de licitación es de 96.745 € sin IVA, con una duración prevista de 2 meses. Se tramita por procedimiento abierto simplificado.

    El contrato se adjudicó a IGM, ingenieria y gestión medioambiental, s.l. (NIF B81655607) por 90.465 €, lo que supone una baja del 6,5 % sobre el presupuesto base, con fecha de adjudicación 16 de octubre de 2026. Se recibieron 2 ofertas, todas de pequeñas y medianas empresas; la adjudicataria no es una pyme. Los criterios de adjudicación se valoraban íntegramente mediante fórmulas objetivas (100 %), normalmente la oferta económica.

    Está clasificado en la familia CPV «Construcción» (código 45233140). El número de expediente es 11336/2026. Los datos de adjudicación proceden del anuncio oficial publicado por Junta de Gobierno del Ayuntamiento de la Leal Villa de El Escorial; el detalle de ofertas, pliegos y documentación puede consultarse en la fuente original.

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    Criterios de adjudicación

    Total 100%
    Fórmula 100.0%
    • FórmulaIncremento del número de ejemplares a suministrar y plantar
      10%
    • FórmulaAmpliación del plazo de garantía y mantenimiento de las plantaciones
      8%
    • FórmulaReducción del plazo de ejecución de las obras
      7%
    • FórmulaOferta económica
      75%
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    Requisitos para licitar

    Garantías exigidas

    • Garantía definitiva

      5% sobre presupuesto

      ≈ 4837 €

    Solvencia económica y financiera

    Conforme al artículo 87.1.a) de la LCSP, el criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas. El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del empresario, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato cuando su duración no sea superior a un año. El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de la aportación de la declaración del IVA presentada a la AEAT (modelo 390), o bien mediante la presentación de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. En los contratos no sujetos a regulación armonizada, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, la solvencia económica, al amparo de lo dispuesto en el artículo 86.1 apartados segundo y tercer párrafo podrá acreditarse a través del siguiente medio previsto en el artículo 87 de la Ley de Contratos del Sector Público (TACRC Resolución 1568/2022, de 15 de diciembre): Así mismo, se deberá presentar justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente.

    Solvencia técnica o profesional

    Conforme al artículo 88.1.a) y 3 LCSP, el criterio para la acreditación de la solvencia técnica o profesional será el de la experiencia en la realización de trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, que se acreditará mediante la relación de obras ejecutadas en los últimos cinco años, que sean del mismo grupo o naturaleza análoga a las que constituyen el objeto del contrato. Se considerarán obras de naturaleza análoga aquellas incluidas en los códigos CPV correspondientes a los seis primeros dígitos que el objeto del contrato, o bien aquellas que, aun no coincidiendo estrictamente con los mismos, presenten similitud técnica y funcional suficiente, especial y principalmente en lo relativo a la mejora de la eficiencia energética de edificios. Dicha relación deberá ser avalada por, al menos, dos certificados de buena ejecución. Estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y precisarán si las obras se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron a buen término. Cuando el destinatario de las obras sea una entidad del sector público, los certificados deberán ser expedidos o visados por el órgano competente; si el destinatario es una entidad privada, los certificados deberán ser expedidos por ésta o mediante declaración responsable del empresario, acompañada de la documentación que justifique su realización efectiva. El importe de los certificados de buena ejecución será igual o superior al valor estimado del contrato, es decir, 96.744,78 €. En los contratos no sujetos a regulación armonizada, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, la solvencia técnica se podrá acreditar a través de los siguientes medios previstos en el artículo 88 de la Ley de Contratos del Sector Público:  Apartado b) Declaración indicando el personal técnico u organismos técnicos, estén o no integrados en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras acompañada de los documentos acreditativos correspondientes cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación.  Apartado f) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación.

    Declaraciones exigidas al licitador

    • No prohibición para contratar· No prohibición para contratar
    • Cumplimiento con las obligaciones tributarias· Cumplimiento con las obligaciones tributarias
    • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social· Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
    • Capacidad de obrar· Capacidad de obrar

    Información resumida del expediente. Consulta siempre el PCAP (Pliego de Cláusulas Administrativas) para los requisitos completos antes de preparar tu oferta.

    Documentos del expediente

    8 documentos
    Pliego administrativo (PCAP)1
    pdf

    Pliego de clausulas administrativas.pdf

    Pliego administrativo

    Pliego técnico (PPT)1
    pdf

    PROYECTO COMPLETO.pdf

    Pliego técnico

    Anexos y documentación adicional6
    xml

    Deuc 11336_2026.xml

    Anexo

    pdf

    Certificado de acuerdo aprobacion proyecto.pdf

    Anexo

    doc

    Anexo IV.doc

    Anexo

    doc

    ANEXO III_.doc

    Anexo

    pdf

    Cuadro de caracteristicas particulares.pdf

    Anexo

    pdf

    MEMORIA.pdf

    Anexo

    Documentos publicados por el órgano contratante en la Plataforma de Contratación del Sector Público. Antes de presentar oferta, verifica siempre la versión oficial en el expediente.

    Análisis IA del pliego

    Nuevo

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    Adjudicación

    Importe adjudicado
    90.465 €
    Fecha de adjudicación
    16 oct 2026

    Competencia y baja en la adjudicación

    Licitadores
    2
    Todas pymes
    Baja ganadora
    6.5%

    Competencia en contratos similares

    176 adjudicaciones comparables de los últimos 3 años: contratos del mismo tipo (grupo CPV 4523) en Madrid.

    Ofertas habituales
    1
    58 % con una sola oferta
    Baja mediana
    12,3 %
    habitual: 5,4 % – 17,5 %
    Empresas ganadoras
    90
    pymes: 35 % de los contratos
    Adjudicado
    297 M€
    en 176 contratos

    En esta adjudicación la baja fue del 6,5 %, por debajo de la mediana de contratos similares (12,3 %) y se presentaron 2 ofertas (lo habitual: 1).

    Quién gana estos contratos

    1. 1Acsa Obras e Infraestructuras SA11 contratos · 5,1 M€
    2. 2UTE Licuas, S.A. - Coarsa, S.A.8 contratos · 6,7 M€
    3. 3Aceinsa Movilidad, S.A.7 contratos · 3,4 M€
    4. 4Ortiz Construcciones y Proyectos SA7 contratos · 453.247 €
    5. 5Coarsa, S.A.6 contratos · 442.478 €

    Últimas adjudicaciones comparables

    Este organismo adjudicó 12 contratos en el mismo periodo, con 4,2 ofertas de media (17 % con una sola oferta) y una baja mediana del 15,1 %.

    Cálculo propio de CashStalker sobre adjudicaciones publicadas en la Plataforma de Contratación del Sector Público. La baja se mide sobre el presupuesto base y solo en contratos con baja observable (88 se adjudicaron por el importe máximo, típico de precios unitarios).

    Licitaciones de construcción abiertas ahora en Madrid

    Este contrato ya está cerrado, pero estos se han publicado hace poco y siguen en plazo: aún puedes presentarte.

    Órgano contratante

    Ver perfil completo
    Nivel
    Local
    NIF
    P2805400E
    Código DIR3
    L01280549

    Detalles del contrato

    Procedimiento
    Abierto simplificado
    Subtipo de contrato
    Obras de construcción en general
    Financiación
    Sin financiación UE
    Código CPV
    45233140
    Otros códigos CPV
    45112710
    Región NUTS
    ES300
    Código postal
    28280

    Datos extraídos de la Plataforma de Contratación del Sector Público. Consulta siempre el expediente oficial antes de presentar oferta. CashStalker agrupa y facilita la consulta pero no sustituye a las publicaciones oficiales.

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