Suministro en régimen de alquiler (todo incluido) sin opción de compra de equipos multifunción para las distintas dependencias del Instituto Municipal para la Formación y el Empleo (IMFE) del Excmo. ayuntamiento de Málaga por precios unitarios y en función de necesidades (Disposición adicional 33ª LCSP)
Delegación del Área de Fomento del Empleo · Málaga
Suministro en régimen de alquiler (todo incluido) sin opción de compra de equipos multifunción para las distintas dependencias del Instituto Municipal para la Formación y el Empleo (IMFE) del Excmo. ayuntamiento de Málaga por precios unitarios y en función de necesidades (Disposición adicional 33ª LCSP)
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FórmulaDisponibilidad de funcionalidad de exportación de documentos en formatos editables compatibles con Word, Excel o aplicaciones equivalentes
5%
FórmulaPrecio unitario equipo renting mensual
65%
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Requisitos para licitar
Garantías exigidas
Garantía definitiva
5% sobre presupuesto
≈ 3321 €
Solvencia económica y financiera
Volumen anual de negocios (sin IVA) por un importe equivalente a 1,5 veces
el valor del contrato referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos años
disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades
del licitador y de presentación de ofertas; según art. 87.1.a) LCSP. Para justificar los criterios de solvencia económica, nos remitimos a los
máximos legalmente previstos, art. 87.1 a) de la LCSP, entendiendo así que con
ello, se garantiza la capacidad económica de los licitadores para hacer frente al
presente contrato, siendo estos proporcionales a la dimensión del contrato. El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus
cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el
empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las
depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito.
Los/as empresarios/as individuales no inscritos en el Registro Mercantil
acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y
cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Asimismo, podrá acreditarse mediante la presentación, en el caso de personas
físicas, de la declaración sobre I.R.P.F. (modelo 100), y en caso de sociedades,
fundaciones y demás entidades sujetas al Impuesto sobre Sociedades,
mediante la presentación de la declaración correspondiente (modelo 200).
Para justificar los criterios de solvencia económica, nos remitimos al valor del
contrato atendiendo a la naturaleza y presupuesto de las actuaciones,
entendiendo así que con ello, se garantiza la correcta ejecución del contrato
Solvencia técnica o profesional
Suministros realizados, durante los últimos tres años, que sean de igual
naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, atendiendo a tal
efecto a los dos primeros dígitos de los respectivos CPV, en la que se indicará
su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos, cuyo importe
anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del
importe de la anualidad media del presente contrato, IVA excluido. Relación de los principales suministros realizados, durante los últimos tres años,
que sean de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del
contrato, atendiendo a tal efecto a los dos primeros dígitos de los respectivos
CPV, en la que se indicará su importe, fechas y destinatario público o privado
de los mismos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución
sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, IVA excluido,
conforme al artículo 89.1. a) LCSP
Para justificar los criterios de solvencia técnica, nos remitimos a los máximos
legalmente previstos, art. 89 LCSP, entendiendo así que con ello, se garantiza la
correcta ejecución del contrato, siendo estos proporcionales a la dimensión del
contrato. Los suministros prestados se acreditarán mediante certificados expedidos o
visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del
sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un
certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una
declaración del empresario.
Para justificar los criterios de solvencia técnica, nos remitimos a los máximos
legalmente previstos, art. 89 LCSP, entendiendo así que con ello, se garantiza la
correcta ejecución del contrato.
Declaraciones exigidas al licitador
Cumplimiento con las obligaciones tributarias· Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social· Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
No estar incurso en incompatibilidades· No estar incurso en incompatibilidades
Capacidad de obrar· Capacidad de obrar
Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.· Compromiso de adscripción de medios
No prohibición para contratar· No prohibición para contratar
Información resumida del expediente. Consulta siempre el PCAP (Pliego de Cláusulas Administrativas) para los requisitos completos antes de preparar tu oferta.
Documentos del expediente
10 documentos
Pliego administrativo (PCAP)1
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CA IMFE 2026 011 005 PCAP report.pdf
Pliego administrativo
Pliego técnico (PPT)1
pdf
CA IMFE 2026 011 003 PPT report.pdf
Pliego técnico
Anexos y documentación adicional8
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Anexo 2 1.docx
Anexo
pdf
INFORMACION IMP Rolece.pdf
Anexo
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Anexo 2 2 corregido.docx
Anexo
pdf
Anexo 2 2 corregido.pdf
Anexo
pdf
Nota aclaratoria correcc de error.pdf
Anexo
pdf
Anexos 2 al 5 corregido report.pdf
Anexo
pdf
CA IMFE 2026 011 004 Anexo I TRAS D report.pdf
Anexo
docx
Anexos 2 al 5 corregido.docx
Anexo
Documentos publicados por el órgano contratante en la Plataforma de Contratación del Sector Público. Antes de presentar oferta, verifica siempre la versión oficial en el expediente.
Datos extraídos de la Plataforma de Contratación del Sector Público. Consulta siempre el expediente oficial antes de presentar oferta. CashStalker agrupa y facilita la consulta pero no sustituye a las publicaciones oficiales.