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    ServiciosPublicada
    Consultoría y servicios empresariales

    Contrato de servicio de comisariado cultural y programación cinematográfica especializada para la organización y desarrollo de la Muestra de Cine LGTBI+ “Mislata Pantalla Diversa”, promovida por el Ayuntamiento de Mislata.

    Alcaldía del Ayuntamiento de MislataValencia/ValènciaExpediente 26-SE-03

    Criterios de adjudicación

    Total 100%
    Fórmula 55.0%Juicio de valor 45.0%
    • FórmulaCriterio de tipo cualitativo, consistente en el compromiso de mantener reuniones de coordinación quincenales
      5%
    • FórmulaMayor rebaja del precio
      50%
    • Juicio de valorTitulación de postgrado especializada del personal a adscribir a la ejecución del contrato.
      5%
    • Juicio de valorCalidad de la solución técnica propuesta (proyecto de ejecución).
      40%

    Requisitos para licitar

    Garantías exigidas

    • Garantía definitiva

      5% sobre presupuesto

      931 €

    Solvencia económica y financiera

    La solvencia económica y financiera de los licitadores podrá acreditarse por cualquiera de los
 siguientes medios, conforme a lo dispuesto en el artículo 87 de la LCSP, y el artículo 11 del RGLCAP, a
 saber:
 a) Volumen anual de negocios:
 Se exigirá que el volumen anual de negocios del licitador, referido al ejercicio de mayor volumen
 dentro de los tres últimos años concluidos, sea igual o superior a 41.878,58 euros (IVA excluido). Esta
 cifra corresponde a una vez y media la anualidad media del contrato, en aplicación del criterio
 recogido en el artículo 87.3.a) de la LCSP, dado que el contrato tiene una duración superior a un año.
 El volumen anual de negocios se acreditará mediante la presentación de las cuentas anuales
 aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el licitador estuviera inscrito en dicho registro, o
 en el registro oficial correspondiente si no lo estuviera. En el caso de empresarios individuales no
 inscritos en el Registro Mercantil, se admitirá la presentación de sus libros de inventarios y cuentas
 anuales debidamente legalizados.
 b) Seguro de indemnización por riesgos profesionales:
 Alternativamente, se podrá acreditar la solvencia económica y financiera mediante la acreditación de
 estar en posesión de un seguro de indemnización por riesgos profesionales que cubra, como mínimo,
 las condiciones exigidas en la cláusula 35ª del presente pliego.

    Solvencia técnica o profesional

    La solvencia técnica o profesional se acreditará exclusivamente mediante los medios previstos en los artículos 76.2 y 90.1.e) y h) de la LCSP.En concreto, dicha solvencia se acreditará a través de los siguientes extremos: Titulación académica del o de la responsable designado/a por la empresa contratista para la ejecución efectiva del contrato, que deberá corresponderse con la exigida en el segundo párrafo del apartado 5.3 del pliego de prescripciones técnicas particulares. Experiencia profesional del o de la responsable designado/a por la empresa contratista para la ejecución efectiva del contrato, en los distintos ámbitos previstos en el apartado 5.3 del pliego de prescripciones técnicas particulares.
 A estos efectos, la solvencia técnica se vincula exclusivamente a la cualificación y experiencia del personal que el licitador se compromete a adscribir a la ejecución del contrato, sin exigirse la acreditación de la ejecución previa de un número determinado de servicios por parte del propio licitador.En consecuencia, la acreditación de la solvencia podrá realizarse tanto por operadores económicos que hayan ejecutado previamente contratos de similar naturaleza como por aquellos que, aun no disponiendo de experiencia propia previa, cuenten con personal que reúna los requisitos de titulación y experiencia exigidos. Asimismo, en el caso de personas físicas, la solvencia podrá acreditarse mediante la adscripción de personal cualificado que cumpla dichas condiciones.En atención a la naturaleza intelectual del contrato y a la configuración de la solvencia en torno a la cualificación y experiencia del personal adscrito a su ejecución, no resulta de aplicación lo dispuesto en el artículo 90.4 de la LCSP, en la medida en que, a sensu contrario, la acreditación de la solvencia se articula exclusivamente a través de los medios expresamente previstos en los apartados e) y h) del artículo 90.1.

    Declaraciones exigidas al licitador

    • Capacidad de obrar· Capacidad de obrar

    Información resumida del expediente. Consulta siempre el PCAP (Pliego de Cláusulas Administrativas) para los requisitos completos antes de preparar tu oferta.

    Documentos del expediente

    2 documentos
    Pliego administrativo (PCAP)1
    pdf

    PCAP 26SE03.pdf

    Pliego administrativo

    Pliego técnico (PPT)1
    pdf

    PPT 26SE03.pdf

    Pliego técnico

    Documentos publicados por el órgano contratante en la Plataforma de Contratación del Sector Público. Antes de presentar oferta, verifica siempre la versión oficial en el expediente.

    Órgano contratante

    Ver perfil completo
    Nivel
    Local
    NIF
    P4617100E
    Código DIR3
    L01461691

    Detalles del contrato

    Procedimiento
    Abierto
    Subtipo de contrato
    Servicios diversos
    Financiación
    Sin financiación UE
    Código CPV
    79952100
    Otros códigos CPV
    92130000
    Región NUTS
    ES523

    Datos extraídos de la Plataforma de Contratación del Sector Público. Consulta siempre el expediente oficial antes de presentar oferta. CashStalker agrupa y facilita la consulta pero no sustituye a las publicaciones oficiales.