16/2026 EDIL Contrato de servicios de desarrollo de herramientas de modelado en 3D en la infraestructura de datos espaciales del Ayuntamiento de Albacete, cofinanciado por Fondo Europeo Desarrollo Regional en el marco Programa Plurirregional de España 2021-2027
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete · Albacete
16/2026 EDIL Contrato de servicios de desarrollo de herramientas de modelado en 3D en la infraestructura de datos espaciales del Ayuntamiento de Albacete, cofinanciado por Fondo Europeo Desarrollo Regional en el marco Programa Plurirregional de España 2021-2027
Juicio de valorL.2. Criterios de valoración técnica o dependientes de un juicio de valor
25%
FórmulaL.1.3. Cualificación del personal técnico adscrito a la ejecución del contrato
30%
FórmulaL.1.2 Bolsa de horas
10%
Publicidad
Requisitos para licitar
Garantías exigidas
Garantía definitiva
5% sobre presupuesto
≈ 4934 €
Solvencia económica y financiera
VOLUMEN ANUAL DE NEGOCIOS en el ámbito al que se refiere el contrato referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos
ejercicios disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de las actividades de empresario y de presentación de
las ofertas.
Requisito mínimo: Teniendo en consideración el mayor volumen de negocio del licitador, en los últimos tres años disponibles, uno
de ellos deberá ser, al menos, una vez y media el valor estimado del contrato, es decir, debe ser al menos de 148.010.77 €
(98.673,85 €*1.5)
Medio de acreditación: Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro mercantil si el empresario estuviera ya inscrito
en dicho registro y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en el que debería estar inscrito. Los empresarios
individuales, no inscritos en el Registro mercantil, acreditarán su volumen anual de negocios, mediante sus libros de inventarios y
cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
A efectos de la acreditación de este requisito será necesaria la certificación del registrador mercantil acreditativa de que las cuentas
han sido depositadas en dicho organismo o nota simple informativa y, en este caso, deberá ser la de depósito de cuentas, sin que
sirva otra distinta, como, por ejemplo, la de información general, conforme a la doctrina del Tribunal Administrativo Central de
Recursos Contractuales (Resolución 315/2017, de 31 de marzo).
Principales razones de la imposición de este requisito: En el artículo 87, apartado 3º, de la LCSP, se establece como criterio
residual, cuando los pliegos no concreten los criterios y requisitos mínimos, el volumen anual de negocios, por lo que entendemos
que su aplicabilidad es de carácter general en todo tipo de contrato, de ahí que se haya elegido dicho criterio.
Declaraciones exigidas al licitador
Cumplimiento con las obligaciones tributarias· Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social· Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
No estar incurso en incompatibilidades· No estar incurso en incompatibilidades
No prohibición para contratar· No prohibición para contratar
Capacidad de obrar· Capacidad de obrar
Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.· Compromiso de adscripción de medios
Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados· Prerregistro en ROLECE
Información resumida del expediente. Consulta siempre el PCAP (Pliego de Cláusulas Administrativas) para los requisitos completos antes de preparar tu oferta.
Documentos publicados por el órgano contratante en la Plataforma de Contratación del Sector Público. Antes de presentar oferta, verifica siempre la versión oficial en el expediente.
Datos extraídos de la Plataforma de Contratación del Sector Público. Consulta siempre el expediente oficial antes de presentar oferta. CashStalker agrupa y facilita la consulta pero no sustituye a las publicaciones oficiales.